El Sernac ofició a la productora Transistor , organizadora del “ Festival Frontera 2016 ”, evento que se realizaría este sábado 3 de diciembre en el Club Hípico y que fue suspendido a última hora, dejando a miles de fanáticos afectados.
La razón de la suspensión fue que el evento no contaba con los requerimientos exigidos por la autoridad para eventos masivos.
La acción del Sernac busca conocer mayores antecedentes del caso, esclarecer cuál es la responsabilidad de la empresa en estos hechos y determinar las eventuales acciones a seguir en caso que se hayan vulnerado los derechos de los consumidores.
El director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz , explicó que el Servicio realizará todas las gestiones para ir en defensa de los derechos de los consumidores.
“Los eventos deben desarrollarse siempre en condiciones de seguridad, lo que incluye que cuenten con los permisos y las autorizaciones correspondientes que lo garanticen, de no ser así, las empresas deben responder frente a los consumidores, devolviendo el dinero, incluido el cargo por servicio y compensaciones por todo el daño sufrido”, enfatizó Muñoz.
Además, agregó que es importante que los consumidores conozcan sus derechos en materia de espectáculos, entre ellos, a recibir información respecto de las fechas, los horarios, lugar, entre otros, y a que se cumpla al pie de la letra lo prometido.
En tanto y tal como lo informó el intendente metropolitano, Claudio Orrego el fin de semana “la productora a cargo del Festival Frontera fue advertida en cuatro oportunidades de la no conformidad de los requerimientos que exige la circular 28 para la realización de eventos masivos”.
Donde además, aseguró Orrego, “no nos va a temblar mano en decir no a un evento que no cumple con lo que se exige. Por sobre cualquier fiesta o recital, está la seguridad de las personas”.
Hasta el momento Sernac ha recibido 16 reclamos de consumidores afectados por la suspensión del evento masivo.
Según recordó el servicio, para este tipo de festivales, el número de las entradas vendidas debe corresponder a la capacidad real del recinto, pues la Ley del Consumidor sanciona la sobreventa, porque pone en riesgo la seguridad de los asistentes.
Fuente: Terra
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19 Dic 2024