Noticia | 7 Septiembre 2016

Sernac presenta demanda colectiva contra empresa de Puerto Montt por prácticas abusivas

 El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) presentó una demanda colectiva en contra de la empresa financiera Sociedad Latinoamericana de Comercio de Puerto Montt, luego de que detectara una serie de cláusulas abusivas en sus contratos que le permitían adoptar medidas en contra de los consumidores que no pagaban oportunamente sus créditos, lo que implicó que algunos de éstos perdieran sus casas que habían dejado como garantía.
La acción judicial tiene por objetivo que la Justicia declare la abusividad y nulidad de estas cláusulas y que la empresa cese todas las prácticas que estén afectando los derechos de los consumidores. A esto se suma que se establezcan las reparaciones e indemnizaciones para todos los consumidores que se han visto afectados, y que se aplique a la empresa las más altas multas por haber infringido la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).
Antecedentes
La Dirección Regional del Sernac de Los Lagos recibió en abril pasado antecedentes sobre una querella presentada por un abogado ante el Juzgado de Garantía de Puerto Montt en contra de la empresa financiera Sociedad Latinoamericana de Comercio por los delitos de asociación ilícita, estafa y usura. Luego de esto, la institución comenzó un análisis de los contratos de esta empresa, detectando una serie de cláusulas abusivas para los consumidores, entre ellas:
– Mandatos relacionados con cláusulas hipotecarias que los consumidores deben firmar a la hora de acceder a los préstamos que ofrece la empresa Sociedad Latinoamericana de Comercio, los cuales están concebidos en términos amplios, abiertos e imprecisos. A través de ellos la empresa se facultaba, en caso que el consumidor no pagara oportunamente una cuota, sin mayor trámite, vender, ceder, permutar o transferir la propiedad hipotecada.
– En los contratos de hipoteca que suscriben los consumidores, existen cláusulas de aceleración abusivas, las cuales facultan a la empresa para poder cobrar la totalidad de lo que se debe a pesar que existan según la ley plazos pendientes para el pago.
– Se detectaron en pagarés que dan cuenta de una operación de crédito de dinero, cobros por sobre la Tasa Máximo Convencional, por lo implica infracción, entre otras leyes, a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
Respecto a esta demanda, el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, explicó que en Chile no sólo pueden prestar dinero los bancos e instituciones financieras, sino que cualquier persona que cuente con los recursos para hacerlo: “No obstante, las empresas que se dedican a este rubro tienen la obligación de entregar información verdadera y oportuna a los consumidores de lo que están contratando y las consecuencias de la deuda”, aseguró la autoridad.

 
Fuente: AhoraNoticias

Publicado por
Javier Piedra Fierro

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