La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Conadecus espera que con la colaboración de los abogados del SERNAC y la realización de nuevos alegatos y gestiones judiciales por ambas partes, los consumidores afectados obtengan finalmente las compensaciones que se merecen. Los próximos pasos a seguir serán reuniones de coordinación entre Conadecus y Sernac, con el fin de hacer frente a los nuevos hitos que presente este juicio colectivo.• Los cobros se realizaron desde enero del 2003 y significó incluso el cierre de cuentas de miles de clientes que ahora se busca resarcir.
Por solicitud de la Asociación de Consumidores Conadecus, impulsora de esta demanda colectiva, el Servicio Nacional del Consumidor comunicó su decisión de formar parte de esta causa y apoyar la labor iniciada por la agrupación desde el año 2004.Los documentos presentados demostraron que en algunos casos no se indicaba en el contrato que se podían cobrar comisiones y en otros existirían cláusulas que permitían al banco tomar decisiones a nombre del consumidor, sin preguntarle ni rendirle cuentas, como aumentar cobros por comisiones en cuentas de ahorro a la vista.
De esta manera, el SERNAC consideró que Banco Estado vulneró la Ley del Consumidor, al cobrar indebidamente comisiones y/o modificar unilateralmente los contratos de cuentas de ahorro e incluir en ellos cláusulas abusivas que originaron estos cobros, afectando a un universo de más de 500 mil consumidores según pruebas aportadas por el tribunal.
Con esto se inicia un trabajo de revisión de las principales demandas colectivas presentadas por otras instituciones, de modo de enfocar esfuerzos en apoyar nuevas gestiones y, de esta manera, lograr los mejores resultados en la defensa de los derechos de todos consumidores.”
Los derechos de los consumidores son claros en la materia, aún cuando el consumidor haya leído, aceptado y firmado un contrato, debe saber que esta tipo de cláusulas no tienen ningún valor porque sus derechos son irrenunciables.
Antecedentes
Recordemos que esta demanda fue presentada en 2004 y declarada admisible en abril de 2005 por el tribunal competente. Posteriormente y tras 5 años de presentación de antecedentes, en septiembre de 2010 la justicia dictó la sentencia que acogió la demanda y condenó a la empresa a:
Terminar el cobro de comisiones por concepto de mantención de cuentas de ahorro.
Restituir lo descontado por dicho concepto a los titulares de las cuentas de ahorro.
Restablecer cuentas que hubiesen sido cerradas.
Con ello, la entidad financiera debía devolver más de 10 mil millones de pesos a los consumidores afectados por estos cobros. Sin embargo, el banco interpuso en un primer momento un recurso de casación y de apelación con la finalidad de que la Corte de Apelaciones de Santiago revirtiera la decisión del Tribunal Civil, pretensión que fue rechazada.
Hoy, y nuevamente con la finalidad de dejar sin efecto la sentencia del Tribunal Civil, confirmada ya por la Corte de Apelaciones de Santiago, se encuentra pendiente la vista del recurso de casación ante la Corte Suprema, el que fue interpuesto con fecha 21 de noviembre de 2011 por el Banco Estado.