Noticia | 12 Febrero 2014

Subtel anunció nuevo reglamento que velará por los derechos de los usuarios

reglamento subtelEl reglamento establece reglas claras y obligaciones a los proveedores. Entrará en vigencia 120 días después de ser publicado en Diario Oficial.
La Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) anunció que próximamente entrará en vigencia el nuevo Reglamento para los de Servicios de Telecomunicaciones, cuya finalidad es otorgar mayor transparencia al mercado y velar por los derechos de los usuarios a la hora de adquirir algún servicio.
El documento sustituye al antiguo Reglamento de Servicio Público Telefónico, que sólo regulaba el servicio público telefónico, y promete establecer reglas claras y obligaciones a los proveedores de telecomunicaciones.
La Contraloría de la República ya tomó razón del texto, que será publicado en los próximos días en el Diario Oficial y comenzará a aplicarse a partir de 120 días corridos desde su publicación, en el mes de junio.
“Estamos muy satisfechos con la publicación del nuevo reglamento para servicios de telecomunicaciones, ya que confirma nuestra ardua labor desde Subtel en mejorar las instancias de protección de los usuarios a la hora de contratar servicios de telecomunicaciones”, afirmó el Subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton.
“En un mercado tan masivo como este se hace fundamental que las regulaciones vayan de la mano con la modernización de la industria y era un viejo anhelo lograr esta modificación que nos permitirá dar mayor transparencia al mercado e irá en directo beneficio de los usuarios”, añadió la autoridad.
A su turno, el subsecretario (s) de Telecomunicaciones, Jorge Molina, ejemplificó esta nueva norma, que a su juicio, protege más a los usuarios, con las cargas a los teléfonos celulares.
“Un usuario depositaba una cierta cantidad de dinero de prepago y no lo consumía dentro del mes, lo perdía y ahora con cada nueva recarga que haga el cliente acumula el saldo a la nueva carga, con un plazo de hasta 180 días”, aseveró.
En tanto, el Presidente de la Corporación Nacional de Consumidores, Hernán Calderón, valoró la iniciativa aunque cree que quedó en deuda con la privacidad de las personas.
“Me parece un avance importante; sin embargo, creo que quedaron pendientes de regularse el tratamiento de los datos personales de los usuarios de telefonía móvil, porque algunos han entregado las bases de datos. Quedó pendiente la protección de los datos, de los números de teléfono y de los correos de los usuarios”, expresó Calderón.
Por su parte, el ex director del Sernac, José Roa, valoró este nuevo reglamento, pero a su juicio, no es suficiente.
“(El reglamento) permitiría que las empresas tendrían derecho a modificar de manera unilateral la parrilla programática, resulta muy discutible que un reglamento autorice a que se modifique de manera unilateral la parrilla programática”, manifestó.
Algunas de las nuevas exigencias se evidencian en los servicios de Internet, televisión de pago y telefonía móvil para contratos de postpago y prepago y servicios de valor agregado como el roaming internacional.
La Asociación de Telefonía Móvil (Atelmo), que reúne a las empresas de este rubro prefirió no referirse al tema hasta que la normativa sea publicada en el Diario Oficial, lo que se realizará este jueves.
Caso por caso
Internet y TV de pago: En el caso de Internet, el proveedor deberá entregar información respecto de los servicios como mediciones de velocidad, calidad del servicio y medidas de gestión de tráfico, entre otras. Para el servicio de televisión de pago, en tanto, se establece que en caso de cambio de algún canal del paquete contratado, el proveedor deberá avisar con al menos 20 días hábiles de anticipación, reemplazarlo por uno de igual calidad o realizar las respectivas compensaciones, lo que deberá ser informado en los contratos.
Telefonía móvil: Se reconoce a los usuarios de prepago como suscriptores, otorgándoles derechos como la posibilidad de recuperar las recargas no utilizadas durante el período de vigencia de éstas y estableciendo un plazo de 180 días sin recargas para que las empresas puedan dar de baja un prepago. En el caso del postpago, las empresas deberán reservar el número telefónico por 2 años, desde que se de baja el servicio por parte del usuario, de modo que si desea recuperarlo podrá hacerlo durante ese plazo. Dicho plazo se reducirá a 180 días si al usuario se le ha finalizado el contrato por no pago.
Roaming internacional: El roaming internacional de voz, mensajería y datos deberán venir bloqueados por defecto, habilitándose únicamente a aquellos usuarios que lo soliciten. Asimismo, se incorpora la obligación de enviar un mensaje de texto al usuario, cada vez que inicie una sesión de roaming Internacional, indicándole que se encuentra activado el servicio y las principales tarifas del servicio. Además, para evitar cuentas de roaming de datos con cobros inesperados, los proveedores deberán incorporar mecanismos de control de gasto que permitan al usuario conocer su nivel de consumo en línea.
Fin a las “ventas atadas”: Se establece la obligación de que se indique en la cuenta del suscriptor además del valor del paquete, el de cada uno de los servicios contratados y el descuento asociado a éstos, junto con permitir, por un tiempo definido, la posibilidad de pagar en forma parcial. También se prohíbe la venta atada de servicios de telecomunicaciones, por lo que cada compañía deberá ofrecer individualmente cada uno de los servicios que ofrecen en paquetes, permitiendo al suscriptor optar por la combinación de servicios que más le acomode.
Nuevas exigencias para proveedores: Se obliga a los proveedores a mantener en sus sitios web un cotizador online que permita a los usuarios de forma clara y expedita la comparación de los servicios, planes y ofertas conjuntas que ofrecen. Además, la incorporación de menciones específicas a los contratos de los servicios de telecomunicaciones como los precios de cada servicio contratado y los adicionales a éstos. Asimismo, la obligación a los proveedores de ofrecer las mismas facilidades tanto para la contratación de los servicios como a la finalización de éstos.
Plazos y obligaciones: Se disminuyó el plazo para que los proveedores dieran de baja los servicios de 10 días a 1 día para todos los servicios de telecomunicaciones. También se eliminó la obligación de las empresas de telefonía local de elaborar la guía telefónica, protegiendo de esta forma los datos personales de los suscriptores. Otras reglas son obligar a los proveedores de informar en sus páginas web y sucursales la cobertura de todos los servicios que ofrecen, así como la mejoría en la regulación de los descuentos e indemnizaciones en caso de corte en los servicios de telefonía e Internet.
 Cooperativa.cl, 11, Febrero, 2014
 

Publicado por
Conadecus

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