La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) rechazó los descargos planteados por la empresa Essal, sancionada por 2.720 UTA (Unidades Tributarias Anuales) por las graves infracciones cometidas durante el corte de suministro de agua potable en la ciudad de Osorno en 2019.
Tras un análisis del recurso de reposición interpuesto por la sanitaria, se determinó que es responsable de cada uno de los nueve cargos en su contra y que, en consecuencia, se mantiene la multa equivalente a $ 1.697.443.200, la mayor sanción monetaria interpuesta a un concesionario por infracciones de esta naturaleza.
La multa por 2.720 UTA ($1.697.443.200) es adicional a los $5.927.578.099 que la empresa debió pagar para compensar a los 47.519 usuarios afectados por este corte de suministro, en virtud de lo dispuesto por la ley del consumidor.
Hernán Calderón presidente de Conadecus comentó que la multa a la empresa “no es desmedida ni tampoco es suficiente. Debió quitársele la concesión porque la negligencia es mayor, de envergadura al poner en riesgo la salud de las personas y el suministro de la continuidad del servicio durante semanas”.
La empresa fue sancionada por los siguientes cargos:
- Incurrir en deficiencias en la calidad del servicio de producción y distribución de agua potable.
- Incurrir en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable, debido a un corte no programado entre los días 11 y 17 de julio de 2019.
- Incurrir en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable, debido a un corte no programado entre los días 17 y 21 de julio de 2019.
- Afectar a la generalidad de la población con la falta de operación de la Planta de Agua Potable Caipulli.
- Poner en peligro la salud de la población debido a la contaminación de la distribución de agua con petróleo.
- Infringir las instrucciones contenidas en el Ord. SISS N° 3459/08 (procedimiento de emergencia).
- Por haber infringido las instrucciones contenidas en el Ord. SISS N° 3459/08 (suministro alternativo).
- Infringir las instrucciones contenidas en el Ord. SISS N° 4561/18, (plazo de solución a obras comprometidas).
- Entregar información manifiestamente errónea a las autoridades y a la población.
En paralelo a este proceso sancionatorio, SISS analizó si había fundamento para emitir el informe de caducidad de las concesiones -previsto en el artículo 26 de la Ley General de Servicios Sanitarios- por los graves incumplimientos ocurridos durante el período en que el anterior operador de la empresa sanitaria estaba a cargo de suministrar el recurso en las regiones de Los Ríos y Los Lagos.
Sin embargo, en este caso, habiendo los dueños de la empresa Essal S.A. vendido las concesiones de Osorno, y todas las restantes, a un nuevo dueño en octubre 2020, no se considera necesario proceder en este sentido puesto que la nueva administración ha logrado cumplir con las exigencias y asegurar debidamente dichos servicios y derechos de los usuarios.
“Considerando que los actuales dueños de la concesión, la empresa canadiense Algonquin Power & Utilities Corp., ha logrado mantener un estándar de continuidad y regularidad que no hace pertinente ni oportuno que sea alterado, la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a propuesta del fiscal instructor, ha decidido no proponer la caducidad de las concesiones de agua potable de Osorno y sí proceder con las sanciones a ESSAL S.A., empresa responsable por los hechos ocurridos”, señaló la SISS.
AGUAS ANDINAS
Aguas Andinas, a través de un comunicado, indicó que respeta la decisión de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) de no proponer la caducidad de las concesiones de agua potable de Osorno al Presidente de la República y de mantenerla en manos de Essal y reafirma que el hecho que afectó a la comunidad no es representativo de la labor que la empresa ha desempeñado en la zona.
“La compañía siempre estuvo a disposición de la autoridad sanitaria para colaborar durante todo el proceso administrativo, buscando establecer con claridad que se trató de un hecho fortuito y que además no se cumplían los requisitos que exige la ley para caducar una concesión, tal como se planteó en los pliegos de descargos”, sostuvo.
“Prueba de la voluntad que siempre tuvo Essal para actuar tras el incidente de Osorno es el cierre del acuerdo con el Sernac, las compensaciones voluntarias que entregó a los clientes y los altos niveles de inversión ejecutados en los últimos años”, añadió.
Fuente: SISS, Aguas Andinas, Essal, Conadecus