Un duro revés sufrió la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
En dividida resolución, con tres votos en contra y dos a favor, la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación que presentó en abril del año pasado la FNE contra una resolución del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que puso fin a un procedimiento de consulta iniciado en diciembre de 2013 en el mercado de las tarjetas de crédito.
La consulta buscaba que el Tribunal revocara la autorización concedida en 1991 para que las entidades bancarias realizaran conjuntamente el proceso de transacciones con tarjetas de crédito (adquirencia) de comercios a través de Transbank, argumentando nuevos antecedentes que hacían factible producir competencia en un mercado donde, en los hechos, se había aprobado un monopolio.
La decisión del voto de mayoría (pronunciado por los ministros Sandoval, Ballesteros y Egnem) estuvo por rechazar la reclamación, aduciendo que la materia de fondo recae en el ámbito de la normativa del Banco Central, que tiene facultades regulatorias en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales, en las que estaría comprendida la regulación de la emisión u operación de tarjetas de crédito o cualquier otro sistema similar, no siendo el TDLC competente para modificar los acuerdos adoptados por dicha institución.
Asimismo, en cuanto a la forma, el voto de mayoría, cambiando un criterio histórico de la misma Corte, establece que las peticiones efectuadas por la FNE suponen una calificación del actuar de las entidades financieras como contrario a la libre competencia, controversia que no puede ser resuelta a través de un procedimiento no contencioso por no cumplir con las exigencias mínimas de un procedimiento contradictorio.
El voto de minoría de los ministros Cerda y Pierry estuvo por acoger la reclamación de la FNE, considerando la posibilidad de revisar la actuación conjunta de todos los bancos a través de Transbank después de 23 años de vigencia, sobre la base de nuevos antecedentes que fueren calificados como contrarios a la libre competencia por el mismo Tribunal.
La FNE está estudiando la sentencia dictada por la Corte Suprema para definir futuras vías de acción.
Fuente: DF
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21 Nov 2024