Noticia | 22 Noviembre 2013

Tasa Máxima Convencional para créditos hasta $4,6 mills. caerá a 37% anual…

En un plazo de dos años.- El interés actualmente está en cerca del 54% anual. Una vez promulgada la ley, la TMC bajará entre seis y ocho puntos. Luego se reducirá dos puntos cada tres meses.Dibujo 1La Tasa Máxima Convencional (TMC) es el límite mayor de interés que se le permite cobrar a una entidad crediticia y que, según la norma, no puede superar el 50% del interés corriente (o promedio de los créditos del sistema). Según datos de la Superintendencia de Bancos, existen diez categorías de TMC, sin embargo el proyecto recién aprobado recorta solo para las operaciones bajo las 200 UF (cerca de $4,6 millones).

Hoy, por ejemplo, si una persona pide un préstamo por $300 mil, en 48 meses puede llegar a pagar una tasa máxima cercana al 54% anual, lo que equivale a intereses por $433.602. Cuando la ley esté en régimen, es decir, disminuya a 37% en dos años, el costo por intereses será de $280.837. Es decir, con la nueva norma las personas se podrían ahorrar $152.765.
Además, la iniciativa contempla una tasa aún menor para los pensionados que tienen créditos con las cajas de compensación.
Entre los principales puntos del proyecto, están:
Tramo: Rebajar la tasa de interés máxima permitida en créditos de hasta 200 UF, unos $4,6 millones, por plazos superiores a 90 días.
Plazo: La TMC se reducirá en forma gradual en dos años. Inicialmente, en cuanto se promulgue la Ley se rebajará en ocho puntos porcentuales anuales para el segmento de $1,1 millones a $4,6 millones; y de seis puntos para el segmento de hasta $1,1 millones. Luego se rebajará la tasa en dos puntos porcentuales cada tres meses.
Freno de rebaja: Se contempla un mecanismo de freno de la rebaja, si se constata una estrechez en la entrega de créditos, ante un escenario de recesión.
Microcréditos: Para los microcréditos productivos que ofrecen entidades no financieras, sin fines de lucro, se crea una franquicia consistente en una comisión no computable como interés con un tope de entre 20% del monto del crédito y 1,5 UF ($34 mil) por cada operación. El Fosis diferenciará a dichas entidades.
Cajas de compensación: Se aplicará una TMC menor, de siete puntos respecto a la vigente, para los créditos a pensionados cuando estos son descontados por planilla de cajas de compensación. La primera reducción será de 18 puntos y después proseguirá con el sistema gradual general.
Aceleración del pago: Se restringen las cláusulas de aceleración del crédito. Actualmente las entidades financieras pueden cobrar inmediatamente la totalidad del préstamo en caso de morosidad. Con la ley se otorga un plazo de 60 días a créditos menores a 200 UF, y a los que cuentan con garantía hipotecaria de vivienda inferior a dos mil UF.
Cobranza: Se crea una nueva gestión de aviso previo a la cobranza extrajudicial, sin cargo para el deudor, cuyo fin es alertarle respecto de su mora. Aunque es voluntaria, si la entidad financiera no la aplica, la ley reduce en $4.600 (0,2 UF) el máximo gasto de cobranza.
Fiscalización: Se establece un sistema de fiscalización del cumplimiento de las normas que abarca a los bancos, casas comerciales, cooperativas de ahorro, compañías de seguros de vida, crédito automotriz y cualquier otro que otorgue créditos por menos de 200 UF.
Informes: Para medir el impacto de la normativa y no producir una desbancarización de los sectores de menores recursos, se contempla la elaboración de informes sobre el acceso al crédito durante los tres primeros años de vigencia.
Etcheverry Consultores, 21, Noviembre, 2013
 

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