Una de las más polémicas indicaciones que se habían introducido al proyecto de ley que reforma la institucionalidad de Libre Competencia finalmente fue retirada por el Ejecutivo.
El proyecto, que la semana pasada terminó su trámite en la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, había levantado las alertas entre especialistas luego que la autoridad ingresara una modificación al texto original que fortalecía las atribuciones del Presidente de la República respecto del mecanismo de elección y nombramiento de los ministros que integran el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), dejando completamente en sus manos la designación de todos sus integrantes.
En el último texto del proyectos, esta iniciativa fue retirada. Esto fue valorado por el presidente del TDLC, Tomás Menchaca, quien señaló que no se debe afectar la independencia del tribunal a través del nombramientos de sus integrantes.
“En el proyecto original no había nada de eso. Si se plantea cualquier indicación respecto de disminuir la independencia que tiene el tribunal hoy día, sería nefasto. El modelo que tenemos ha funcionado bien, y no creo que sea necesario cambiarlo”, dijo.
Hoy, y según la ley vigente, el presidente del tribunal es designado por el presidente de la República, basándose en una quina preparada por la Corte Suprema. Los otros dos ministros abogados también deben salir de una terna propuesta para cada cupo, mientras que en el caso de los especialistas en materias económicas, estos son designados por el Consejo del Banco Central.
La indicación retirada proponía que todos los ministros fueran designados por el presidente, lo que fue cuestionado por expertos, que señalaron que esto podría afectar la presindencia política de los integrantes del tribunal.
Multas y límites
La tramitación del proyecto en la comisión de Economía permitió también dilucidar dos puntos esenciales: el nivel de las multas y el umbral para informar a la Fiscalía Nacional Económica sobre fusiones.
El texto que salió de la comisión aclara que las multas que se cobrarán a las empresas involucradas en los delitos más graves, como colusión, y que alcanzan hasta el 30%, se aplicarán sobre las ventas de la línea de negocios donde se produjo el ilícito y no sobre el total, tal como se planteba con anterioridad. Con esto la normativa en discusión se acercaría más al estándar internacional.
En este sentido, uno de los argumentos acogidos para implementar este cambio fue la posibilidad de que el nivel de las multas terminara provocando la quiebra de las empresas, con el consiguiente efecto adverso en la competencia.
En el caso de la fusiones, los umbrales propuestos por el gobierno finalmente serán definidos en el reglamento de la ley. La autoridad había propuesto un umbral conjunto de US$ 83 millones o uno individual de US$ 14 millones.
Fuente: DF
Cuidado con los sitios fraudulentos en este Black Friday 2024
Cyberday
26 Nov 2024