Karina Cárcamo, Asesora Legal de Conadecus explica a cotninuaición los derechos que tienen los consumidores cuando desean cambiar un producto en el comercio.
Tras la Navidad miles de personas acuden a las tiendas para canjear sus regalos por otra cosa o pedir que se les cambie debido a fallas.
Entre las consideraciones de esta etapa que es una suerte de la fiesta navideña, la abogada reitera que las tiendas no están obligadas a cambiar productos si estos no presentan defectos: La ley no contempla cambios por tamaño o color. Datos importantes para el cambio de productos
-Todos los productos tienen tres meses de garantía legal de acuerdo con la ley, pero es importante que los productos hayan sido adquiridos en el comercio establecido, porque de lo contrario no hay forma de hacer efectiva la garantía.
-La ley no contempla cambios por tamaño o color. Es importante lo que dijo el Sernac respecto de que cambios por estos motivos son solamente por buena onda del proveedor.
-Cuando el proveedor ha publicitado que se puede hacer el cambio, es su obligación respetarlo. Entregar el ticket de cambio se considera publicidad en este caso.
–Cuando el producto falla hay tres procedimientos: reparación, cambio o devolución del dinero. La primera garantía es para reparación. Si el producto vuelve a fallar se puede exigir cambio o devolución del dinero.
-El tiempo que pasa el producto en reparación se descuenta de los tres meses de garantía. Si el producto está un mes en el servicio técnico, la garantía debe respetar los tres meses en poder del cliente.
-No es legal que se fije un horario para cambios. La normativa no establece que se definan algunas horas para cambiar productos. Debería ser durante todo el horario de atención al público.
Nota para www.cooperativa .cl