En fallo dividido, el TC afirmó que la acción de inaplicabilidad de la compañía contra la multa en su contra en el “Caso buses” se encuentra razonablemente fundada y que no concurre en este proceso, ninguna de las causales de inadmisibilidad como la formulada por el fiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal.
El Tribunal Constitucional admitió el requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por la empresa Pullman Bus, el cual va en contra del fallo con que el TDLC la multó por colusión en la ruta Santiago-Curacaví, en un cartel de precios y de frecuencias de esta compañía con Ruta Vía Curacaví y Atevil. Lo anterior, pese al rechazo de la Fiscalía Nacional Económica.
La empresa, con este recurso, fue más allá y pretende que el TC declare inaplicable el literal c del artículo 26 del Decreto de Ley 211, que rige a la libre competencia en el país en la aplicación de las distintas multas y que dice que éstas podrán ser impuestas a la persona jurídica correspondiente, a sus directores, administradores, y a todos aquéllos que hayan intervenido en la realización del acto respectivo.
Según el TC, que tuvo una votación dividida, la acción de inaplicabilidad de Pullman Bus se encuentra razonablemente fundada y que no concurre en este proceso, ninguna de las causales de inadmisibilidad como la formulada en los alegatos pasados llevados a cabo por el fiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal.
En la ocasión, denunció en su exposición ante los ministros del TC que la empresa busca la impunidad en este caso de cartel, que atenta contra la libre competencia y que es la infracción más relevante para el sistema. “Pullman tiene tres sanciones distintas en estos temas. Irrita por quién es el que interpone este recurso”. Agregó que este es un caso imaginario, donde la firma interpretó los diferentes artículos de libre competencia “de forma mañosa”.
Lo ministros del TC que votaron en contra de que se declarara admisible el requerimiento de inaplicabilidad de la compañía, fueron Carlos Carmona y Gonzalo García. Entre sus argumentos, está que el recurso no está razonablemente fundado, y que además, presenta en su cuerpo una serie de contradicciones formales.
Ambos ministros del TC, destacaron que en el marco del denominado “Caso buses”, a Pullman se le condenó por los resultados de su mala práctica, dado el beneficio económico obtenido a partir de la colusión de los precios de los pasajes y de las frecuencias, no llegando al máximo legal permitido de 30.000 UTA. Asimismo, señalaron que es importante tener en cuenta que la firma es reincidente en este tipo de actos anticompetitivos.
Así las cosas, tanto Pullman Bus como la FNE, cuentan con un plazo de 20 días para formular sus observaciones referentes al caso, para continuar avanzando en el proceso y que se alcance un fallo definitivo por parte del Tribunal Constitucional.
Df, 3 julio 2014
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